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HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A. APLICARÁ COMPUTO DE PLAZO MÁS FAVORABLE A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS EN LA APLICACIÓN DE INTERESES PENALES EN CASO DE MORA O SIMPLE RETARDO
Como una medida para beneficiar a sus deudores hipotecarios, Hipotecaria Security Principal S.A., implementó una nueva modalidad para el cálculo y aplicación de los intereses penales o moratorios ante eventos de mora o simple retardo de los deudores en el pago de sus dividendos asociados a sus créditos hipotecarios, otorgados a contar del mes de julio de 2015.

La medida se aplicará a todos los contratos de Mutuos o Créditos Hipotecarios que se otorguen a contar del mes de julio de 2015, cuando no se pague el dividendo dentro del plazo previsto para hacerlo, en cuyo caso, el cálculo, aplicación y cobro de intereses penales o moratorios sólo procederá una vez vencido dicho plazo. Esta medida también se aplicará como un beneficio a los deudores hipotecarios que contrataron sus créditos antes de esa fecha, cuyos contratos establecían el cobro desde el primer día del mes respectivo.

En otras palabras, si el plazo para pagar los dividendos hipotecarios fuere “dentro de los diez primeros días de cada mes”, el interés moratorio se devengará a contar del día once, esto es, una vez transcurrido dicho plazo de gracia, que se conceda al deudor para el pago del respectivo dividendo.

Hipotecaria Security Principal S.A., aplicará estas medidas como parte de un acuerdo con la Corporación Nacional de Consumidores, en causa Rol C 10068-2015, seguida ante el 4º Juzgado Civil de Santiago.-